Con fecha de hoy, 5 de febrero de 2020, se ha publicado el Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, por el que se fija el nuevo Salario Mínimo Interprofesional para 2020. Siguiendo la política de este despacho profesional, no hemos recomendado a nuestros clientes la aplicación de ninguna norma hasta su preceptiva publicación en el boletín oficial correspondiente, ya que en el pasado se han dado casos en los que la idea inicial de una norma no se ha correspondido con el texto final publicado de la misma. Por tanto, habiéndose publicado en la mañana de hoy este Real Decreto en el Boletín Oficial de Estado, procedemos a informarles de la normativa de obligado cumplimiento que se contiene en el mismo

En consecuencia, tras la publicación de esta norma en el BOE, la cuantía del salario mínimo para el 2020 será de 31,66 euros/día o 950 euros mensuales en 14 pagas que será un total de 13.300 euros año. Esta subida va a suponer un incremento del 5,5% con respecto al salario mínimo del año pasado. Asimismo, cabe señalar que en la Disposición final tercera de este Real Decreto se establece que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y surtirá efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020, procediendo, en consecuencia, el abono del salario mínimo en el mismo establecido con efectos del 1 de enero de 2020.

No obstante, quedamos a su disposición para cualquier tipo de aclaración que pudiera surgir sobre este tema.

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